CONTRATO DE SEGUROS

GARANTÍAS CUBIERTAS

1.- DAÑO ACCIDENTAL

Daño accidental

Pagaremos los costes de transporte y mano de obra para la reparación de averías y la sustitución de piezas o componentes que sufran las placas solares o alguno de sus componentes instaladas en el domicilio habitual del Asegurado, siempre que hayan sido producidas por causa accidental:

  • Sobretensión
  • Incendio producido por la instalación fotovoltaica
  • Eventos meteorológicos (tormenta eléctrica, nieve, granizo y viento)
  • Vandalismo

Si la reparación de algún componente no es posible sustituiremos el componente asegurado por otro de similares características o prestaciones.

La garantía cubrirá los siniestros que se produzcan en Su domicilio, salvo reserva de las exclusiones que figuran más abajo. Las reparaciones se realizarán por un SAT en España.

Límite máximo asegurado: El valor venal de dispositivo hasta un límite máximo de 3.000, 4.000 o 7.000 euros dependiendo de los KW del Dispositivo Asegurado

Duración: 1 año

EXCLUSIONES GENERALES DE DAÑOS 

  • Cualquier tipo de avería interna o daño cubierto por la garantía de fabricante.
  • Excluimos cualquier daño si la instalación carece de Certificado de Calidad (IEC).
  • Daños a instalaciones que carezcan de Boletín Eléctrico o cualquier certificado que asegure la correcta instalación.
  • Instalaciones fotovoltaicas que se encuentren instaladas sobre instalaciones industriales, instalaciones agrícolas o de iluminación de señales o urbanas, y en el caso de viviendas que estén instaladas en el suelo en vez de en la cubierta.
  • Aquellos daños por viento que excedan de los 120km/h o inferiores a 85km/h, los datos deberán ser confirmados por la Agencia Estatal de Meteorología a la Aseguradora.
  • Excluimos herramientas de medición como piranómetros, etc.
  • Equipos respecto a los cuales el Asegurado no esté al corriente del pago de la prima de la póliza correspondiente.
  • Los siniestros correspondientes a bienes cuyo certificado de garantía contenga datos erróneos.
  • Daños derivados de una instalación incorrecta o no legal, o llevada a cabo en lugares no aptos para el buen funcionamiento del bien garantizado. Por ejemplo, voltaje, constantes ambientales fuera de la tolerancia de los componentes.
  • Daños producidos por no observarse las instrucciones contenidas en los manuales de los fabricantes respecto de la instalación y uso del bien garantizado.
  • Los daños causados por la manipulación de los equipos, componentes y periféricos por personas no autorizadas por el fabricante y/o asegurador.
  • Los daños de carácter estético como arañazos y rasguños que no afecten al normal funcionamiento del bien garantizado.
  • Los perjuicios y pérdidas indirectas o derivadas de cualquier clase, así como responsabilidades civiles de cualquier naturaleza.
  • Reclamaciones por pérdida de utilidad del aparato por falta de piezas de repuesto, o basadas en la disminución de la capacidad, potencia o calidad inicial, incluso tras la sustitución de un componente cubierto por la garantía.
  • Los costes de reposiciones de piezas o componentes llevadas a cabo fuera del ámbito territorial descrito.
  • Los costes de readquisición e instalación de cualquier tipo de software excepto el Sistema Operativo y los incluidos por el fabricante en la compra inicial del equipo.
  • Averías o deficiencias de funcionamiento debidas al software instalado por cualquier causa, desconfiguraciones, virus, etc.
  • Los daños que sean consecuencia del hurto, robo y expoliación del bien garantizado.
  • Daños que sufra el bien garantizado en su transporte.
  • Incendio cuyo origen no sea provocado por la placa o por la instalación.
  • Todo accesorio externo al bien como pérgolas, baterías, inversores, etc.
  • Rotura accidental en la que el usuario no presente el bien garantizado.
  • Siniestros fruto de guerra civil o extranjera, embargo, requisamiento, captura o destrucción por orden de un Gobierno o Autoridad Pública.
  • Los siniestros que tengan su origen o sean consecuencia directa o indirecta de: reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
  • Conductas fraudulentas con objeto de percibir alguna cobertura a las que da derecho la póliza.
  • Cualquier modificación o manipulación del Dispositivo Asegurado que no cumpla los estándares definidos por el fabricante, tales como el cambio de piezas, instalación de software no autorizado, etc.
  • Los siniestros a causa de actividades o acciones que entrañen un mayor riesgo por parte del asegurado o persona autorizada por este fuera del objeto de este seguro.
  • Cuando los daños descritos por el asegurado en el momento de la comunicación del siniestro difieran sustancialmente con los detectados por el servicio técnico en el momento de la reparación.

2.- ROBO

Robo

Entendemos por robo la sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes garantizados contra la voluntad del usuario mediante actos que impliquen fuerza en las cosas.

Incluiremos también el apoderamiento ilegítimo de los bienes garantizados contra la voluntad del usuario, mediante actos de intimidación y violencia en las personas.

En caso de robo de componentes, se proporcionará un componente de similares características o prestaciones.

La garantía cubrirá los siniestros que se produzcan en Su domicilio, salvo reserva de las exclusiones que figuran más abajo. Las reparaciones se realizarán por un SAT en España.

Límite máximo asegurado: El valor venal de dispositivo hasta un límite máximo de 3.000, 4.000 o 7.000 dependiendo de los KW del Dispositivo Asegurado

Duración: 1 año

EXCLUSIONES GENERALES ROBO 

  • Equipos respecto a los cuales el Asegurado no esté al corriente del pago de la prima de la póliza correspondiente.
  • Los siniestros correspondientes a bienes cuyo certificado de garantía contenga datos erróneos.
  • Excluimos cualquier robo si no tiene Certificado de Calidad (IEC).
  • Robo a instalaciones que carezcan de Boletín Eléctrico o cualquier certificado que asegure la correcta instalación.
  • Los siniestros que se produzcan fuera del ámbito territorial cubierto.
  • El hurto o sustracción del Dispositivo Asegurado que se hayan producido por dejarlo sin custodia ni control, o por cualquier omisión voluntaria o por mala fe.
  • Robo a componentes que carezcan de tuercas antirrobo. Se deberá acreditar la existencia de las mismas.
  • Sustracción en cualquier emplazamiento sin perímetro que delimite la propiedad privada sin fuerza o de forma violenta.
  • Instalaciones fotovoltaicas que se encuentren instaladas sobre instalaciones industriales, instalaciones agrícolas o de iluminación de señales o urbanas.
  • Siniestros fruto de guerra civil o extranjera, embargo, requisamiento, captura o destrucción por orden de un Gobierno o Autoridad Pública.
  • Los siniestros que tengan su origen o sean consecuencia directa o indirecta de: reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
  • Conductas fraudulentas con objeto de percibir alguna cobertura a las que da derecho la póliza.
  • Ocupación de la vivienda

3.- DAÑOS ELÉCTRICOS

Cubriremos los costes de transporte y mano de obra para la reparación de averías, y la reposición de piezas o componentes que pudieran sufrir los dispositivos del hogar causados por una alteración eléctrica originada por la instalación fotovoltaica.

Límite máximo asegurado: 300€

Duración: 1 año

4.- PÉRDIDA DE PRODUCCIÓN EN INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS

Si en las instalaciones fotovoltaicas destinadas a Su autoconsumo familiar, se produce una pérdida de producción de energía total o parcial, Nosotros le pagaremos por los días en los que no ha podido producir energía.

¿Cuándo pagamos?

  • Cuando la perdida se produzca por un daño accidental o robo en su instalación.
  • Cuando el daño o robo este cubierto por Nosotros, y las instalaciones sean reparadas o sustituidas por Nosotros.

¿Cuánto pagamos?

Instalaciones de hasta 3,5Kw Instalaciones de hasta 5Kw Instalaciones de hasta 10Kw
Límite máximo diario 3 € 5 € 9 €
Límite máximo mensual 90 € 150 € 270 €

Para el cálculo del pago, tomaremos desde la fecha de ocurrencia del daño accidental o robo hasta su reparación o sustitución y siempre con un límite máximo de 30 días.

En caso de no conocer la fecha en que se ha producido el daño accidental o robo, tomaremos como fecha aquella en la que Usted nos declare el siniestro.

TRÁMITES EN CASO DE SINIESTRO

Email: fotovoltaicasEA@europ-assistance.es

Teléfono gratuito: 900 299 176